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Modalidad 40: Tienes hasta 5 años después de tu baja para inscribirte Por admin 20 de julio de 2025

¿Sabías que si dejaste de cotizar ante el IMSS aún tienes la oportunidad de mejorar tu pensión? Esto es posible gracias a la Modalidad 40 o Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Sin embargo, no es una oportunidad eterna: solo tienes un plazo máximo de 5 años a partir de tu baja para poderte inscribir, de acuerdo con el Artículo 218 de la Ley del Seguro Social.

En este artículo te explicaré qué dice exactamente la ley, cómo funciona este plazo, y qué hacer para no perderlo.

¿Qué dice el Artículo 218 de la Ley del Seguro Social? El Artículo 218 de la Ley del IMSS establece que cualquier trabajador dado de baja puede inscribirse en la Continuación Voluntaria (Modalidad 40) dentro de los 5 años siguientes a la fecha de su baja.

En términos simples:

✅ Si te diste de baja hoy, tienes 5 años exactos para solicitar tu inscripción.

✅ Pasado este tiempo, pierdes el derecho a continuar cotizando en esta modalidad.

Esto es muy importante, porque muchos trabajadores creen que pueden inscribirse “cuando quieran”, y cuando se deciden… ya es demasiado tarde. Podemos recuperar el dercho al reactivarnos por 52 semanas con una empresa o patrón, noi confundir con laq conservación de derechos pensionarios.

¿Por qué existe este límite de 5 años? Modalidad 40: Tienes hasta 5 años después de tu baja para inscribirte La razón es que el IMSS busca mantener un vínculo continuo entre el trabajador y el sistema de seguridad social. Si han pasado demasiados años sin cotizar, se considera que ya no hay relación laboral previa que continuar, y por eso se pierde la opción. En pocas palabras: Si tienes en un lapso de 5 años 52 semanas laboradas, tendrás el plazo máximo de 5 años para inscribirte en Modalidad 40. Si deseas recuperar el derecho, debes tener 52 semanas en un lapso de 5 años, no importando que sean 20 semanas aquí, otras 15 en este otro trabajo y las 17 mas en otro, sumando 52 semanas cotizadas en ese lapso de 5 años. ¿Qué pasa si se te pasa el plazo? Si ya transcurrieron más de 5 años desde tu baja, lamentablemente ya no podrás inscribirte en Modalidad 40. En ese caso, la única opción para recuperar tu derecho sería: ✅ Volver a cotizar en Modalidad 10 (como trabajador independiente) ✅ Acumular 52 semanas nuevas ✅ Tambien es posible hacerlo de manera segura con una empresa, que realmente estes laborando con un patrón para no ser tomado como simulación laboral Esto significa más tiempo y esfuerzo para poder volver a acceder a la Modalidad 40. Cómo aprovechar este plazo a tu favor Si estás dentro de los 5 años desde tu baja, ¡no pierdas tiempo! Inscribirte en la Modalidad 40 te permitirá: ✅ Seguir sumando semanas cotizadas ✅ Aumentar tu promedio salarial para tu pensión ✅ Prepararte para una pensión más alta bajo la Ley 73 Requisitos básicos para inscribirte Haber cotizado previamente en el IMSS Estar dentro del plazo de 5 años desde la baja Presentar identificación oficial, número de seguridad social mas solicitud escrito libre Elegir el salario base de cotización (desde el último que tuviste hasta el tope máximo) Cubrir mensualmente la cuota correspondiente Conclusión: ¡No dejes que el tiempo juegue en tu contra! El Artículo 218 del IMSS es claro: tienes un máximo de 5 años desde tu baja para inscribirte en la Modalidad 40. Si dejas pasar este plazo, tendrás que buscar alternativas más complejas para recuperar tu derecho. Por eso, el mejor momento para planear tu pensión es hoy. ✅ ¿Quieres saber cuánto pagarías en Modalidad 40 y cuánto aumentaría tu pensión? Te ayudo a hacer el cálculo y diseñar una estrategia personalizada para que tomes la mejor decisión. 👉 Contáctame para una asesoría especializada y asegura tu pensión con Ley 73 Y si no sabes por dónde empezar, puedo ayudarte con una asesoría personalizada para que no dejes tu retiro en manos del azar. 🧓📈 Tu pensión no es un gasto… es tu recompensa

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